Este
artículo alerta sobre la actividad desplegada por los movimientos
antivacunales en Internet durante los últimos años, que
muchos consideran de nuevo cuño. Por el contrario, los autores
ponen de manifiesto como las ideas centrales son similares a las que dieron
lugar a la constitución de las primeras asociaciones en contra
de las vacunas, a mediados del siglo XIX. Por estas fechas -tras el descubrimiento
de la vacuna antivariólica y su posterior difusión- el gobierno
británico impuso la obligatoriedad de esta vacuna, lo que ocasionó
manifestaciones públicas por considerarla una medida contraria
a las libertades civiles, extendiéndose este tipo de movimientos
a otros países europeos. Desde finales del siglo XX se ha generalizado
la tendencia a que el calendario vacunal haya pasado de tener carácter
obligatorio a ser recomendado por las autoridades sanitarias, lo que no
ha impedido que sigan existiendo diversos grupos que mantienen una postura
contraria a las inmunizaciones. Ahora bien, lo que destacan Wolfe y Sharp
es que no sólo la actitud de estos movimientos es similar a la
de los primeros, sino también su línea argumental. En la
versión electrónica del BMJ (y sólo en ésta),
se ofrecen unos cuadros comparativos de los argumentos con 150 años
de diferencia, observándose numerosos puntos en común: falta
de eficacia de las vacunas para prevenir enfermedades, producción
de enfermedades desconocidas, introducción de elementos tóxicos
en sus excipientes, inmunidad transitoria, provecho de los laboratorios,
avance hacia un totalitarismo, estilo sano de vida como alternativa...
A pesar de que esta similitud argumental sugiere una transmisión
ininterrumpida que no tendría en cuenta los avances científicos
en relación con las vacunas, no se puede obviar la existencia de
este movimiento y sus requerimientos. Los autores plantean: “De
esta realidad surge una difícil cuestión: ¿Cómo
deberían afrontar las autoridades sanitarias el movimiento antivacunación?
Una reacción pasiva podría ser interpretada como poner en
peligro la salud de la sociedad, mientras que un enfoque de mano dura
puede amenazar los valores de la libertad individual y de expresión”.
Concluyen animando a los responsables a no caer en la pasividad frente
al avance de estas tendencias, sin llegar a recurrir al autoritarismo.
En relación con esta cuestión, unos años antes se
discutía en un artículo del Journal of Medical Ethics si
en el Reino Unido podría ser aceptable la vacunación obligatoria
en algunos casos en que los padres rehúsan vacunar a sus hijos.
Para resolver el problema se toman en consideración tres derechos
que se juzgan relevantes en este tema: los derechos de los niños
a los cuidados de salud/atención sanitaria; los derechos de los
padres a criar a sus hijos de acuerdo a sus propias normas; los derechos
de la comunidad a ser protegida de las enfermedades infecciosas que puedan
prevenirse.
No es casualidad que este tema sea tratado en revistas y por autores británicos,
ya que, al revisar la bibliografía sobre consentimiento informado
e inmunizaciones se observa que la literatura médica inglesa es
prácticamente la única donde aparece en varias ocasiones
esta cuestión, además de estar ampliamente recogida en el
Libro Verde sobre vacunas. Aunque no lo afirma explícitamente,
en el artículo late la preocupación acerca de una posible
derivación hacia la obligatoriedad de la vacunación en el
Reino Unido, tal y como quedó recogido unos años antes en
un editorial de la revista norteamericana del Hasting Center , escrito
por un bioeticista inglés. Tras comparar las tasas de vacunación
de diversos países europeos (en que la inmunización es recomendada)
con algunas cifras de Estados Unidos donde la cobertura vacunal es menor
(a pesar de ser obligatorias las inmunizaciones), se muestran algunos
pasos de los británicos en esa dirección.
En el Journal of Medical Ethics el autor se planteaba si debe primar el
beneficio individual o el de la comunidad, teniendo en cuenta que para
conseguir ambos es necesario alcanzar un alto nivel de cobertura vacunal,
motivo por el que los profesionales sanitarios insisten en llevar a cabo
las inmunizaciones. El derecho de cada individuo de una comunidad a ser
protegido de las enfermedades infecciosas en los casos previsibles no
supone un argumento a favor de la vacunación obligatoria, ya que
la protección puede alcanzarse mediante la inmunización
de ese mismo individuo en la mayoría de los casos. En la situación
actual han disminuido notablemente las enfermedades infecciosas previsibles
(precisamente por el programa de vacunación), y el nivel de inmunidad
en la población es elevado en general.
El artículo concluye resaltando la idea de que, en el momento presente,
no es justificable la vacunación obligatoria de los niños
en contra de la opinión de sus padres, ya que con el sistema actual
de vacunación recomendada se obtienen tasas elevadas de inmunización.
Si estos niveles decayeran para una enfermedad determinada que constituyera
un riesgo, entonces la obligatoriedad de la vacunación podría
ser una opción moralmente justificable. Podríamos afirmar,
en resumen, que cuando existe un grave riesgo para la salud pública
estaría justificado por parte de las autoridades sanitarias que
hicieran prevalecer el derecho de la comunidad sobre el derecho individual.
Esta actitud no lleva sólo a proteger la salud comunitaria en general,
ya que si un niño determinado presenta riesgo elevado de una infección
severa y está disponible una vacuna segura, el profesional podría
(y debería) recurrir a la autoridad para inmunizar al niño
aunque no respete el derecho de elección de los padres.
Una cuestión
de gran interés que está recogida de forma breve en el artículo
es la obtención del consentimiento informado de los padres para
la inmunización de sus hijos, tema que ha preocupado en Inglaterra
durante los últimos años , extendiéndose a USA lacuestión
de si los padres reciben la información necesaria , Pensamos que
no es precisa la obtención de la firma de los padres, tal como
se hace en USA; antes de importar esta práctica deberíamos
recordar que allí la vacunación es obligatoria, existiendo
una ley de compensación de daños que viene especificada
en el impreso que se da a firmar.
En cambio sería interesante proporcionar una información
escrita sencilla (puede hacerse entregando un folleto en la primera visita
del niño, alrededor de los diez días de vida), y acompañarla
de una información verbal adaptada a las necesidades de los padres,
que se puede ampliar en sucesivas visitas. En contra de lo que piensan
algunos profesionales, esta práctica no sólo no disminuye
sino que mejora la cobertura vacunal, ya que los padres conceden gran
importancia a su participación en las decisiones de salud de sus
hijos y están más dispuestos a colaborar si se cuenta con
ellos. De este modo se contrarresta la ignorancia o la desinformación.
Si tras sucesivos intentos algunos progenitores persisten en una actitud
de oposición y no se constata una actitud de descuido de su hijo,
habrá que respetar su opinión ni adoptar posturas tajantes
como aconsejar cambio de médico o enfermera. Es mucho más
positivo mantener una actitud receptiva, sin dar la cuestión por
definitivamente zanjada, manteniendo la disponibilidad para informar cuando
lo solicitan los padres (que no siempre coincide con el momento previsto
por el médico).
En nuestro medio –hasta ahora- la cobertura vacunal es elevada,
y los casos de retraso o interrupción del proceso de inmunización
están más relacionados con la ignorancia y la desidia que
con la ideología. Pero la creciente confluencia de otras culturas
y la intervención de los medios de comunicación (no siempre
acertados en la difusión de noticias referentes a la salud), nos
debe llevar a fijarnos en otras experiencias y no omitir la información
y atención cuidadosas sobre las vacunas, tanto al comienzo como
durante el desarrollo del calendario recomendado.
Más adelante volveremos sobre el tema del consentimiento informado
en la práctica pediátrica, las cuestiones de medicina preventiva,
la responsabilidad de los padres y la implicación de los profesionales
sanitarios. |